23 de junio de 2011

Condenado un suboficial de la Patrulla Águila por vejar a una subordinada

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia del Tribunal Militar Central

EFE|LAOPINIONDEMURCIA.ES La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia del Tribunal Militar Central que en septiembre pasado respaldó la sanción impuesta a un subteniente de la "Patrulla Águila" por vejar a una subordinada, a la que colocó unas pegatinas en las nalgas y lanzó una botella de agua, y quién se se vio obligada a pedir un cambio de destino.
El Alto Tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, rechaza el recurso presentado por este suboficial y ratifica la sanción de un mes y un día de arresto que le impuso el jefe del Mando Aéreo General en septiembre de 2009 "como autor de una falta grave por realizar acciones que suponen la vejación o menosprecio de los subordinados".La sentencia del Tribunal Militar Central declaró que los hechos juzgados se produjeron "durante un periodo de tiempo no determinado exactamente, pero, en todo caso, desde el destino de la soldado en la "Patrulla Águila", que tiene su base en la Academia General del Aire de San Javier, en la temporada 2006-2007, en la que el subteniente fue su jefe directo, hasta el 7 de noviembre de 2008, fecha del último incidente".El relato de hechos incluye que el subteniente le hizo varias llamadas telefónicas "queriendo quedar con ella y teniendo ésta que colgar el móvil" y destaca "una llamada a las tres de la madrugada en las fiestas de Orihuela (Alicante)".También subraya la "insistencia" del denunciado "en coincidir y quedar a solas con la soldado", así como que, en una ocasión, "estando en Londres, en la cola de la cena, le puso dos pegatinas en las nalgas, y, en otra, le lanzó una botella de agua al cuerpo".El subteniente recurrió la sentencia ante el TS, y alegó vulneración de su derecho a la presunción de inocencia, vulneración del principio de proporcionalidad entre los hechos y la sanción impuesta y su derecho a no sufrir indefensión.La Sala, al desestimar el recurso, indica que los hechos protagonizados por el suboficial son constitutivos de la falta por la que fue sancionado, a pesar de que él les quitó importancia y dijo que la colocación de las pegatinas y el tirarle la botella de agua "había sido una broma".El Supremo añade que "no cabe ninguna duda de que la conducta del subteniente del ejército del Aire encaja en el tipo de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas que castiga el realizar acciones que supongan vejación o menosprecio a subordinados o compañeros". EF

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