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Con ello también se cumple el decreto 17/5/52 art. 2º "Los Ayuntamientos procederán a formalizar el registro y matrícula de los cánidos en su término municipal".
El plazo del convenio es de cinco año, prorrogables en acuerdo de ambas partes.
Los animales llevarán un identificador en la oreja izquierda con unos dígitos identificativos, y el dueño tendrá el correspondiente carnet de identidad del animal. 
Así pues pronto tendremos un censo de animales de compañía
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