VERA GUTIÉRREZ CALVO - Madrid - 26/04/2009 /El País.com
El Acuerdo de 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos es intocable... pero no tanto. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que se ha negado durante cinco años a cuestionar su contenido, va a introducir ahora una modificación en una normativa relacionada con ese texto para que algunos bienes de la Iglesia paguen uno de los impuestos de los que están exentos: el de construcciones y obras (ICIO). El proyecto de Orden ha sido enviado por la vicepresidenta Elena Salgado a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) pidiéndole su opinión, porque el ICIO es un impuesto que cobran los ayuntamientos.
El acuerdo con el Vaticano de 1979 reconoce a la Iglesia la exención "total y permanente" de los impuestos "reales" sobre la renta y el patrimonio. También la exime de pagar el principal impuesto municipal, el de Bienes Inmuebles (el IBI), pero en este caso con una excepción: sí lo pagan aquellos bienes que, aun siendo propiedad de la Iglesia, no se dedican al culto; por ejemplo, colegios, escuelas infantiles, hospitales, comedores, centros asistenciales, residencias de mayores o centros de día.
El ICIO -un impuesto que grava la realización de obras nuevas o reformas y que supone, como máximo, el 4% del presupuesto de obra- no existía cuando se firmó el Acuerdo con la Santa Sede, se creó en 1988. Tras más de una década en el limbo legal, el 5 de junio de 2001 el Ministerio de Hacienda dictó una Orden que fijó un criterio: consideró que el ICIO es un impuesto "real" y que, por tanto, la Iglesia no debe pagarlo en ningún caso. De modo que los colegios y hospitales de la Iglesia pagan IBI, pero no impuesto de obras.
En los últimos tres años el asunto ha sido denunciado cinco veces por el eurodiputado de IU Willy Meyer ante la Comisión Europea. Meyer alegaba que se está vulnerando el derecho a la libre competencia, porque la Iglesia puede hacer "obras relacionadas con actividades económicas en las que actúa como empresa" sin pagar el impuesto que otras empresas privadas sí abonan.
El Gobierno de Rodríguez Zapatero parece dar ahora la razón a IU: en el escrito enviado a la FEMP el pasado martes, el Ministerio de Economía y Hacienda señala: "Es cierto que no parece lógico que en un inmueble que no esté exento del IBI [...] las obras que en él se realicen sí gocen de exención en el ICIO".
Por eso, el proyecto de Orden dispone modificar el apartado segundo de la Orden de 2001, que quedaría redactado así: "La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las Parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones Religiosas y los Institutos de Vida Consagrada y sus provincias y sus casas, disfrutan de exención total y permanente en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras [ICIO], para todos aquellos inmuebles que estén exentos de la Contribución Territorial Urbana (actualmente, Impuesto sobre Bienes Inmuebles)".
Es decir, que los edificios de la Iglesia donde se imparte el culto (y las residencias y oficinas de los religiosos) seguirán sin pagar IBI ni ICIO, pero los colegios, hospitales y centros asistenciales seguirán pagando IBI y pagarán, por primera vez, el ICIO. El ministerio comunica a la Federación de Municipios que puede formular "las observaciones que considere oportunas" en un plazo de 15 días hábiles.
Una batalla de IU en Europa
El eurodiputado de IU Willy Meyer ha hecho cinco intentos ante la Comisión Europea para que ésta obligue a España a suspender el privilegio que, en su opinión, implica la exención del cobro del impuesto de obras (ICIO) a la Iglesia. La primera pregunta la presentó el 12 de junio de 2006, y la Comisión respondió un mes después quitándole la razón con este argumento: "Habida cuenta de que la exención del ICIO se limita a las actividades puramente religiosas, no afecta a 'empresas' en el sentido del Derecho de la competencia".
Meyer insistió en febrero de 2007, explicando a la UE que la exención también se concede "cuando las construcciones, instalaciones u obras están relacionadas con actividades total y absolutamente ajenas al culto católico y puramente mercantiles que tienen por objetivo la obtención de ingresos, como por ejemplo: construcción de escuelas privadas, universidades privadas, obras en emisoras de radio privadas, hospitales privados, es decir, explotaciones comerciales que realizan en clara competencia con otras empresas privadas que sí están sujetas al ICIO".
La Comisión admitió en abril de 2007 que su primera interpretación del asunto "podría no ser correcta", y anunció que pediría información al Gobierno español para realizar un "estudio detallado". En agosto de 2008 ya tenía la información y la estaba analizando. Transcurridos siete meses desde aquello, el pasado 4 de marzo Meyer volvió a insistir: "¿Cuál fue la respuesta de las autoridades españolas?".
El 21 de abril llegó a la Federación Española de Municipios la carta del Ministerio de Hacienda con la propuesta de eliminar la exención del ICIO a ciertos bienes de la Iglesia. "El Gobierno ha tenido que darnos la razón por la presión de la UE", se congratula Meyer. "Se trata, simplemente, de aplicar la Constitución. Además, en este momento de crisis, el Estado no se puede permitir dejar de ingresar ese dinero por mantener un privilegio a la Iglesia".
El ICIO -un impuesto que grava la realización de obras nuevas o reformas y que supone, como máximo, el 4% del presupuesto de obra- no existía cuando se firmó el Acuerdo con la Santa Sede, se creó en 1988. Tras más de una década en el limbo legal, el 5 de junio de 2001 el Ministerio de Hacienda dictó una Orden que fijó un criterio: consideró que el ICIO es un impuesto "real" y que, por tanto, la Iglesia no debe pagarlo en ningún caso. De modo que los colegios y hospitales de la Iglesia pagan IBI, pero no impuesto de obras.
En los últimos tres años el asunto ha sido denunciado cinco veces por el eurodiputado de IU Willy Meyer ante la Comisión Europea. Meyer alegaba que se está vulnerando el derecho a la libre competencia, porque la Iglesia puede hacer "obras relacionadas con actividades económicas en las que actúa como empresa" sin pagar el impuesto que otras empresas privadas sí abonan.
El Gobierno de Rodríguez Zapatero parece dar ahora la razón a IU: en el escrito enviado a la FEMP el pasado martes, el Ministerio de Economía y Hacienda señala: "Es cierto que no parece lógico que en un inmueble que no esté exento del IBI [...] las obras que en él se realicen sí gocen de exención en el ICIO".
Por eso, el proyecto de Orden dispone modificar el apartado segundo de la Orden de 2001, que quedaría redactado así: "La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las Parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones Religiosas y los Institutos de Vida Consagrada y sus provincias y sus casas, disfrutan de exención total y permanente en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras [ICIO], para todos aquellos inmuebles que estén exentos de la Contribución Territorial Urbana (actualmente, Impuesto sobre Bienes Inmuebles)".
Es decir, que los edificios de la Iglesia donde se imparte el culto (y las residencias y oficinas de los religiosos) seguirán sin pagar IBI ni ICIO, pero los colegios, hospitales y centros asistenciales seguirán pagando IBI y pagarán, por primera vez, el ICIO. El ministerio comunica a la Federación de Municipios que puede formular "las observaciones que considere oportunas" en un plazo de 15 días hábiles.
Una batalla de IU en Europa
El eurodiputado de IU Willy Meyer ha hecho cinco intentos ante la Comisión Europea para que ésta obligue a España a suspender el privilegio que, en su opinión, implica la exención del cobro del impuesto de obras (ICIO) a la Iglesia. La primera pregunta la presentó el 12 de junio de 2006, y la Comisión respondió un mes después quitándole la razón con este argumento: "Habida cuenta de que la exención del ICIO se limita a las actividades puramente religiosas, no afecta a 'empresas' en el sentido del Derecho de la competencia".
Meyer insistió en febrero de 2007, explicando a la UE que la exención también se concede "cuando las construcciones, instalaciones u obras están relacionadas con actividades total y absolutamente ajenas al culto católico y puramente mercantiles que tienen por objetivo la obtención de ingresos, como por ejemplo: construcción de escuelas privadas, universidades privadas, obras en emisoras de radio privadas, hospitales privados, es decir, explotaciones comerciales que realizan en clara competencia con otras empresas privadas que sí están sujetas al ICIO".
La Comisión admitió en abril de 2007 que su primera interpretación del asunto "podría no ser correcta", y anunció que pediría información al Gobierno español para realizar un "estudio detallado". En agosto de 2008 ya tenía la información y la estaba analizando. Transcurridos siete meses desde aquello, el pasado 4 de marzo Meyer volvió a insistir: "¿Cuál fue la respuesta de las autoridades españolas?".
El 21 de abril llegó a la Federación Española de Municipios la carta del Ministerio de Hacienda con la propuesta de eliminar la exención del ICIO a ciertos bienes de la Iglesia. "El Gobierno ha tenido que darnos la razón por la presión de la UE", se congratula Meyer. "Se trata, simplemente, de aplicar la Constitución. Además, en este momento de crisis, el Estado no se puede permitir dejar de ingresar ese dinero por mantener un privilegio a la Iglesia".
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