3 de noviembre de 2011

PRDE: "Regular la dación en pago: una reforma urgente, justa y necesaria"

PRDE

"Apoyamos la propuesta de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca"

"Boom inmobiliario, sobreendeudamiento e insolvencia familiar"
La ausencia de políticas que garanticen un alquiler accesible y estable, y el propio impulso del régimen de propiedad privada por parte de las administraciones públicas, indujo al sobreendeudamiento de una parte importante de la población como única forma de acceder a una vivienda digna.

En este contexto, llegó a financiarse hasta el 120% del valor de las nuevas viviendas, con cuotas que podían pagarse en 40 e incluso 50 años. Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, todo ello ha conducido a un escenario en el que miles de familias no pueden hacer frente al pago de sus cuotas hipotecarias y corren el riesgo de perder sus casas.
La gravedad de esta situación radica en que los procesos de ejecución hipotecaria no afectan a un solo individuo sino a la unidad familiar que reside en la vivienda, además de a las personas que avalaron el crédito hipotecario, y al entorno de familiares y amigos que de alguna forma responderán por las personas afectadas. De ahí que se pueda afirmar que, junto al desempleo, la principal preocupación de las familias en el estado español es el pago de la hipoteca que pesa sobre la vivienda habitual.
El proceso de ejecución hipotecaria en la legislación española: una injusticia que condena a las familias más vulnerables y desprotegidas el aspecto más controvertido de la LEC es el que hace referencia a la subasta del inmueble que consta como garantía de la deuda hipotecaria. Así, el artículo 671 establece que, si la subasta queda desierta, sin postor, el acreedor del préstamo podrá adjudicarse el bien por el 50% de su valor de tasación sin perjuicio del cobro del resto de la deuda pendiente. En el actual contexto de crisis económica esta fórmula significa que las entidades financieras se están adjudicando inmuebles a mitad de precio, y que además sigan reclamando el pago de la deuda restante, más los intereses y costas judiciales.
El embargo de nóminas prácticamente a perpetuidad aboca a las familias a una clandestinidad financiera y económica como paso previo a una situación de exclusión social.
Parece razonable que en el caso de tratarse de la única vivienda disponible, y después de valorar toda una serie de elementos como la buena fe del deudor y la situación en la que se contrajo el crédito, los tribunales puedan declarar cancelada la totalidad de la deuda con la entrega de la vivienda.
Una solución: la dación de la vivienda en pago de la totalidad de la deuda.

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