MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha remitido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la documentación recibida de la Universidad de Nueva York en la que se da cuenta del cobro por parte del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de algo más de 200.000 dólares que percibió por la organización de unas actividades académicas en dicho centro, coincidiendo con la licencia por motivos de estudios de la que disfrutó el magistrado entre marzo de 2005 y junio de 2006.
La remisión de esta documentación se ordena en un auto dictado syer por la Sala de lo Penal del Supremo que archiva la querella presentada por un abogado alicantino contra Garzón, al que acusaba de cohecho y prevaricación por haber haber recibido 1,7 millones de dólares del Banco Santander Central Hispano (BSCH) por la presentación de un ciclo de conferencias y luego archivar una causa judicial contra la entidad bancaria.
Tras analizar la cuestión, el alto tribunal considera que los hechos denunciados por el letrado carecen de relevancia penal y archiva la querella, si bien advierte que la ocultación por parte del juez de las cantidades que percibió del Centro Rey Juan Carlos I de España y el Centro de Derecho y Seguridad de la Universidad de Nueva York podría ser determinante de responsabilidad ante el CGPJ.
"FALTAR A LA VERDAD"
Por ello, deduce testimonio de esta resolución y remite la información al Consejo "a los efectos que estime pertinentes". Apunta que la Ley Orgánica del Poder Judicial sanciona en su artículo 417.11 como falta muy grave "faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos", y que habría que investigar el caso porque cuando Garzón pidió prórroga de licencia tras su primera etapa en Estados Unidos "no consta que hiciese advertencia alguna sobre la naturaleza y cantidad de los ingresos percibidos y gastos que le fueron satisfechos".
Según el auto dado a conocer ayer, el Centro Rey Juan Carlos asumió el pago de gastos de viaje por 21.152 dólares y la escolarización de la hija de Garzón en la Escuela Internacional de Naciones Unidas. Además, el Centro de Derecho y Seguridad pagó a Garzón otros 160.333,14 dólares "en concepto de sueldo" por organizar los cursos denominados "Diálogos Transatlánticos" y "Seguridad Jurídica". En todo caso, el Supremo recuerda que "no consta" que estas iniciativas fueran promovidas por "persona alguna vinculada a la entidad bancaria BSCH, SA".
Por otra parte, la Comisión Disciplinaria del CGPJ estudiará hoy, martes, la información previa abierta a raíz de la denuncia que el abogado que se querelló contra Garzón en el Supremo, Antonio Panea, presentó también ante el órgano de gobierno de los jueces, según explicaron a Europa Press fuentes del Consejo, que añadieron que la petición del alto tribunal sobre este asunto aún no ha llegado.
GARZÓN SIGUIÓ COBRANDO
En su resolución, el alto tribunal recuerda que en julio de 2006, cuando el CGPJ tuvo por presentada la memoria justificativa de la licencia y prórroga solicitada por Garzón, el órgano de gobiernos de los jueces declaró que el interesado "no habría de sufrir limitación alguna de sus haberes como titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 durante el periodo que disfrutó de la licencia".
El auto difundido ayer añade que "tampoco consta" que el CGPJ adoptase alguna resolución, más allá de la concesión de la licencia al juez, en la que autorizara "la compatibilidad para la actividad de docencia retribuida y, menos aún, que tomase conocimiento de los importes de dicha retribución, como concepto diverso de la indemnización de gastos".
De hecho, en la petición que dirigió al Consejo el 22 de diciembre de 2004, Garzón se limitó a señalar que "no existe cantidad alguna con la New York University sobre remuneración específica" y que estaba gestionando con la institución académica que cubriera "los gastos de desplazamiento, vivienda y mantenimiento personal y familiar (no momentáneo) durante el periodo mencionado".
Según recuerda el auto, esta advertencia se acotaba con la expresión "en el momento actual" y se acompañaba de la indicación de que "ello incluirá el pago de los impuestos que correspondan por los ingresos así devengados".
HECHOS SIN RELEVANCIA PENAL
El abogado que se querelló contra Garzón argumentaba que Garzón pudo cometer un delito de cohecho y otro de prevaricación por no abstenerse en la tramitación de una querella presentada en octubre de 2006 contra el Santander a pesar de que, según el libro 'Garzón, juez o parte', del periodista José Díaz Herrera, cobró de esta entidad 100.000 dólares por cada una de las 17 conferencias que ofreció en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006.
El Supremo recuerda que Garzón archivó la querella al considerar que se fundaba en "una cadena de hipótesis no contrastadas" y que esta resolución fue confirmada en apelación en abril de 2007 por la Sala de lo Penal.
En relación con la relevancia penal de los hechos, el Supremo descarta la posible comisión de un delito de cohecho al considerar que "no cabe decir" que las cantidades económicas percibidas por Garzón tuvieran "la finalidad de dictar resolución de contenido determinado en relación con la querella" contra el Santander, ya que "esta interposición es posterior a aquel patrocinio".
Tras apuntar que las cantidades percibidas por el juez fueron "muy inferiores" a las referidas en la querella, el Supremo sostiene que no existen pruebas de que los 302.000 dólares que el Santander entregó al Centro Rey Juan Carlos I de España en concepto de patronazgo de los citados cursos tuviesen a Garzón "como directo destinatario". "Cuando la Universidad americana invita al Ilmo. Sr. D.Baltasar Garzón no consta que ese patronazgo estuviera decidido", argumenta.
El Supremo también descarta que el magistrado cometiera un delito de prevaricación a tenor de la "exquisitez técnica" con que argumentó el archivo de la querella contra el Santander y añade que "la eventual antijuricidad" de su no abstención debería ser merecedora, en su caso, de una "sanción disciplinaria".
El CGPJ archivará previsiblemente la denuncia del PP contra Garzón por participar en la cacería con Bermejo
El Tribunal Supremo ha remitido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la documentación recibida de la Universidad de Nueva York en la que se da cuenta del cobro por parte del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de algo más de 200.000 dólares que percibió por la organización de unas actividades académicas en dicho centro, coincidiendo con la licencia por motivos de estudios de la que disfrutó el magistrado entre marzo de 2005 y junio de 2006.
La remisión de esta documentación se ordena en un auto dictado syer por la Sala de lo Penal del Supremo que archiva la querella presentada por un abogado alicantino contra Garzón, al que acusaba de cohecho y prevaricación por haber haber recibido 1,7 millones de dólares del Banco Santander Central Hispano (BSCH) por la presentación de un ciclo de conferencias y luego archivar una causa judicial contra la entidad bancaria.
Tras analizar la cuestión, el alto tribunal considera que los hechos denunciados por el letrado carecen de relevancia penal y archiva la querella, si bien advierte que la ocultación por parte del juez de las cantidades que percibió del Centro Rey Juan Carlos I de España y el Centro de Derecho y Seguridad de la Universidad de Nueva York podría ser determinante de responsabilidad ante el CGPJ.
"FALTAR A LA VERDAD"
Por ello, deduce testimonio de esta resolución y remite la información al Consejo "a los efectos que estime pertinentes". Apunta que la Ley Orgánica del Poder Judicial sanciona en su artículo 417.11 como falta muy grave "faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos", y que habría que investigar el caso porque cuando Garzón pidió prórroga de licencia tras su primera etapa en Estados Unidos "no consta que hiciese advertencia alguna sobre la naturaleza y cantidad de los ingresos percibidos y gastos que le fueron satisfechos".
Según el auto dado a conocer ayer, el Centro Rey Juan Carlos asumió el pago de gastos de viaje por 21.152 dólares y la escolarización de la hija de Garzón en la Escuela Internacional de Naciones Unidas. Además, el Centro de Derecho y Seguridad pagó a Garzón otros 160.333,14 dólares "en concepto de sueldo" por organizar los cursos denominados "Diálogos Transatlánticos" y "Seguridad Jurídica". En todo caso, el Supremo recuerda que "no consta" que estas iniciativas fueran promovidas por "persona alguna vinculada a la entidad bancaria BSCH, SA".
Por otra parte, la Comisión Disciplinaria del CGPJ estudiará hoy, martes, la información previa abierta a raíz de la denuncia que el abogado que se querelló contra Garzón en el Supremo, Antonio Panea, presentó también ante el órgano de gobierno de los jueces, según explicaron a Europa Press fuentes del Consejo, que añadieron que la petición del alto tribunal sobre este asunto aún no ha llegado.
GARZÓN SIGUIÓ COBRANDO
En su resolución, el alto tribunal recuerda que en julio de 2006, cuando el CGPJ tuvo por presentada la memoria justificativa de la licencia y prórroga solicitada por Garzón, el órgano de gobiernos de los jueces declaró que el interesado "no habría de sufrir limitación alguna de sus haberes como titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 durante el periodo que disfrutó de la licencia".
El auto difundido ayer añade que "tampoco consta" que el CGPJ adoptase alguna resolución, más allá de la concesión de la licencia al juez, en la que autorizara "la compatibilidad para la actividad de docencia retribuida y, menos aún, que tomase conocimiento de los importes de dicha retribución, como concepto diverso de la indemnización de gastos".
De hecho, en la petición que dirigió al Consejo el 22 de diciembre de 2004, Garzón se limitó a señalar que "no existe cantidad alguna con la New York University sobre remuneración específica" y que estaba gestionando con la institución académica que cubriera "los gastos de desplazamiento, vivienda y mantenimiento personal y familiar (no momentáneo) durante el periodo mencionado".
Según recuerda el auto, esta advertencia se acotaba con la expresión "en el momento actual" y se acompañaba de la indicación de que "ello incluirá el pago de los impuestos que correspondan por los ingresos así devengados".
HECHOS SIN RELEVANCIA PENAL
El abogado que se querelló contra Garzón argumentaba que Garzón pudo cometer un delito de cohecho y otro de prevaricación por no abstenerse en la tramitación de una querella presentada en octubre de 2006 contra el Santander a pesar de que, según el libro 'Garzón, juez o parte', del periodista José Díaz Herrera, cobró de esta entidad 100.000 dólares por cada una de las 17 conferencias que ofreció en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006.
El Supremo recuerda que Garzón archivó la querella al considerar que se fundaba en "una cadena de hipótesis no contrastadas" y que esta resolución fue confirmada en apelación en abril de 2007 por la Sala de lo Penal.
En relación con la relevancia penal de los hechos, el Supremo descarta la posible comisión de un delito de cohecho al considerar que "no cabe decir" que las cantidades económicas percibidas por Garzón tuvieran "la finalidad de dictar resolución de contenido determinado en relación con la querella" contra el Santander, ya que "esta interposición es posterior a aquel patrocinio".
Tras apuntar que las cantidades percibidas por el juez fueron "muy inferiores" a las referidas en la querella, el Supremo sostiene que no existen pruebas de que los 302.000 dólares que el Santander entregó al Centro Rey Juan Carlos I de España en concepto de patronazgo de los citados cursos tuviesen a Garzón "como directo destinatario". "Cuando la Universidad americana invita al Ilmo. Sr. D.Baltasar Garzón no consta que ese patronazgo estuviera decidido", argumenta.
El Supremo también descarta que el magistrado cometiera un delito de prevaricación a tenor de la "exquisitez técnica" con que argumentó el archivo de la querella contra el Santander y añade que "la eventual antijuricidad" de su no abstención debería ser merecedora, en su caso, de una "sanción disciplinaria".
El CGPJ archivará previsiblemente la denuncia del PP contra Garzón por participar en la cacería con Bermejo
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